La Cámara baja le dio media sanción al proyecto de ley para crear el Registro Nacional de Deudores Alimentarios –RENDAM–. El texto avalado unificó varias iniciativas en el debate en comisión, entre las que se destacan la de la actual titular de Diputados, Cecilia Moreau, y la de los diputados Julio Cobos, Roxana Reyes, Jimena López y Paula Oliveto.
Durante la votación, el registro de deudores alimentarios fue aprobado por 225 afirmativos, 1 negativo y 0 abstenciones.
El objeto de la norma es “implementar una base de datos unificada del territorio nacional que contenga toda la información de los deudores alimentarios morosos inscriptos en los registros de las distintas jurisdicciones”.
Asimismo, el texto establece que será registrada en el RENDAM a “toda persona obligada al pago de cuota alimentaria provisoria o definitiva que se encuentre en mora por falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas o cinco (5) alternadas, intimada judicialmente y que no hubiese demostrado fehacientemente su cumplimiento”.
Como miembros informantes, hicieron uso de la palabra Lucas Godoy (FdT), quien resaltó que la finalidad es “estipular algunas medidas restrictivas que generen impedimento” y buscar mecanismos para “compeler y exhortar al cumplimiento de esta obligación”. Desde Evolución Radical, Carla Carrizo, aseguró que “esta ley no es contra nadie, sino exigir que sea más difícil que se viole el derecho a la alimentación”.
La diputada Roxana Reyes (UCR), por su parte, valoró la norma que “reivindica la política porque llega a ese sector de la infancia vulnerada que está esperando respuestas”.
El diputado José Luis Espert (Avanza Libertad), votó en contra. El libertario sostuvo que si bien el proyecto “persigue fines loables” es “inconstitucional” porque tiene carácter procesal, materia que es de competencia exclusiva de las provincias.
En contrapartida al discurso sesgado del libertario, Julio Cobos se preguntó: “¿Es necesario tener un registro nacional teniendo registros provinciales? Sí, porque el que incumple busca vericuetos. Que una persona no esté inscripta en el Registro de Deudores de CABA no garantiza que sea deudora en otra provincia”.
