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Evasor y nada solidario: revés judicial para Gabriel Omar Batistuta

La Justicia Federal de Reconquista rechazó una medida cautelar presentada por el exfutbolista Gabriel Batistuta, quien consideró inconstitucional que se le exija el pago del denominado Aporte Solidario y extraordinario de las grandes fortunas  aprobado por el Congreso para paliar los efectos de la pandemia de coronavirus

El ex jugador de Boca, Fiorentina, Roma, ex jugador de Newell’s Old Boys de Rosario y la Selección Nacional, Gabriel Batistuta, es uno de los millonarios que recurrió a la justicia para no pagar el impuesto a las Grandes Fortunas sancionado por el Congreso de la Nación para poder hacer frente a los desafíos sanitarios, sociales y económicos que implicó la pandemia de coronavirus Covid-19.

Batistuta se presentó ante la justicia para pedir una medida cautelar que lo eximiera del pago del Impuesto. Sin embargo, el juez federal Aldo Iturralde de Reconquista, el mismo que le trabó un millonario embargo por una deuda que el ex jugador mantiene con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), le denegó la cautelar.

Batistuta presentó una medida cautelar ante el fuero en lo Contencioso Administrativo número 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se declaró incompetente y la remitió a Reconquista, de donde es oriundo y en cuya zona posee unas 126 mil hectáreas de campo.

El juez federal de Reconquista no hizo lugar a la presentación del exfutbolista argentino.

Según el exintegrante del seleccionado argentino, el aporte solidario “vulnera derechos, principios y garantías constitucionales y en especial el derecho de propiedad y la garantía de no confiscatoriedad”, por lo que viola “la garantía constitucional de igualdad frente a los impuestos y las cargas públicas”.

El juez Alurralde está al tanto de las cuestiones patrimoniales del empresario, ya que hace unos meses le trabó un embargo de varios millones de pesos por una deuda con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En total, el organismo recaudador le reclamaba 3.853.341 pesos más el 15% en concepto de intereses y costas judiciales por no abonar Impuestos a los Bienes Personales Anticipo 2 y 3 Periodo Fiscal 2021 y aportes y contribuciones sociales.

Acerca de la situación particular de Batistuta, el juez consideró que no aparecía “acreditado” que el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas afectara “la capacidad económica o financiera del contribuyente a tal punto que ponga en peligro su situación patrimonial ni sus derechos fundamentales”. Tampoco consideró que afectara “severamente la supervivencia de su organización económica gravada”.

Cabe advertir que, del informe contable presentado como prueba documental por el actor, donde ilustra el monto de los bienes de éste, situados tanto en el país como en el exterior y el valor del tributo a abonar –hoy cuestionado- se advierte que lo que se encuentra comprometido es un porcentaje inferior al 4% del patrimonio del recurrente, por lo que deduzco, en esta instancia preliminar, que el mismo no afecta la capacidad contributiva del presentante para afrontar el pago del tributo”, explicó en detalle el magistrado.

Tampoco fue acreditada en esta instancia que el impuesto discutido afectara la continuidad de las actividades económicas que en el futuro desarrollara el actor”, agregó sobre la situación del ex goleador, dueño de 126 mil hectáreas de campo en la provincia de Santa Fe.

De acuerdo con Batistuta la ley sancionada por el Congreso “vulnera derechos, principios y garantías constitucionales y en especial el derecho de propiedad y la garantía de no confiscatoriedad”. Así como sostuvieron otros multimillonarios que reclamaron judicialmente para no pagar el impuesto, en el pedido se afirma que la ley resulta violatoria de “la garantía constitucional de igualdad frente a los impuestos y las cargas públicas”.

Recordemos en Diciembre pasado también, el rechazo de la Justicia a la cautelar que presentó Ratazzi contra el Aporte Solidario, recordando entre sus consideraciones que de acuerdo a la Corte Suprema de Justicia, “las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente, por lo cual es requisito ineludible para admitir la pertinencia de medidas cautelares una especial prudencia en la apreciación de los recaudos que tornen viable su concesión”.

https://www.telam.com.ar/notas/202112/578890-ratazzi-debera-pagar-aporte-solidario.htm

Batistuta: de evasor a meme

https://twitter.com/KeuDaniela/status/1409635534893322240?s=20&t=Ty1DCvapE9D3_RQbBJklrg
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